SOBRE TABLA DE DÍAS DE ASISTENCIA A LA IGLESIA, TANTO LOS DE ESTATUTO COMO LOS DE OBLIGACIÓN POR LA LEY.

7 febrero, 2016 | publicado por:Óscar Tamez Rodríguez

Bienvenidos a nuestra columna “Historia Regia”, en donde compartimos semanalmente nuestra historia. Agradezco sus comentarios en la página y los invito a seguir al pendiente de nuestras publicaciones.

La primera mitad del siglo XIX se distinguió por la devoción de la gente hacia las cosas de la religión.  Gran parte de la vida del regiomontano giró en torno al dogma religioso, que mantuvo costumbres y tradiciones que marcaron la historia de la ciudad.

Y esto queda manifiesto en la sesión de cabildo del 4 de enero de 1827, en donde quedaron instituidos los días que la sociedad regiomontana, incluyendo al cabildo, debían asistir a la Iglesia.
Los participantes en dicha sesión fueron: Diego de Lachica, Alcalde primero; Presidente Cleto de Ayala, Alcalde segundo; José María de la Peña, Alcalde tercero; los regidores Manuel Uribe, Justo Cárdenas, Juan José Sáenz, Camilo Gutiérrez y los Síndicos Procuradores Antonio de Llano y Rafael de Arreola, realizando una votación para decidir los días de asistencia “por estatuto” y “por obligación”.
Los días marcados por el estatuto fueron:
1.- El 8 de diciembre que es el día de la Purísima Concepción de María.
2.- El tercer domingo de octubre cuando en la ciudad se “hace la función” a la misma señora “su Patrona”.
Los días aprobados como obligatorios fueron:
1.- El 5 de febrero, día del Glorioso Mártir Mexicano San Felipe de Jesús. (Aquí se comprueba lo dicho en el recorrido el día 8 de marzo a la Iglesia de la Purísima, en donde se nos contó sobre la importancia de esta fecha en México y que, basado en esto, Juárez impuso ese día para decretar la Constitución en 1857, con la intención de desplazar una fiesta religiosa por una civil).
2.- Los días Jueves y Viernes de la Semana Santa.
3.- El 2 de julio, día de Corpus Christi.
4.- El día 4 de octubre, día de la Sanción de la Constitución Federal.
5.- El tercer domingo de octubre, porque ese día, como se comentó anteriormente, se hacía en la ciudad la función a su patrona.
6.- El día 8 de diciembre, día de la Purísima Concepción.
7.- El 12 de diciembre, día de Nuestra Señora de Guadalupe.

Días de fiesta religiosa, días “de guardar” y no de “andar chiroteando” decía mi abuela, días de reflexión para nuestros antepasados. Aunque seguro en ocasiones no pudo faltar el viboreo al salir de misa.

Hoy, con la separación de la Iglesia y el Estado, ya no son obligatorios y los trabajadores solo gozan de descanso esos días dependiendo de la “buena voluntad religiosa” de sus patrones, los cuales casi siempre otorgan al menos el día 12 de diciembre, los jueves y viernes santos y medio día del 2 de noviembre para poder visitar a nuestros difuntos.

Cómo han cambiado las cosas dentro de nuestra Historia Regia

Fuente: Archivo Histórico de Monterrey, Colección Actas de Cabildo.

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